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Dossier. Espacios legislativos y política en la Argentina del siglo XIX (II). Los Congresos

Espacios legislativos y política en la Argentina del siglo XIX (II). Los Congresos

 

Ana Laura Lanteri (CONICET-CEHis/UNMDP)-Facundo Nanni (CONICET-UNT)

 

Este dossier es propuesto en relación con Espacios legislativos y política en la Argentina del siglo XIX (I). Las Legislaturas. Nos permitimos entonces remitir al lector a su introducción, donde realizamos un breve encuadre de ambos dossiers. Como indicamos allí, en este caso la selección responde a una muestra representativa de textos, que desde renovados enfoques y temáticas, invitan a reflexionar acerca del protagonismo de los Congresos en el largo y sinuoso proceso de edificación del orden político nacional entre 1816 y 1880.{{1}}

Sabido es que la tensión entre diversos proyectos impidió la implantación de un modelo definitivo de organización política y condujo a guerras civiles durante la primera mitad del siglo XIX. En este marco, los artículos de Geneviève Verdo, Nora Souto y Mariano Aramburo refieren a las experiencias legislativas de 1816-1820 y 1824-1827, cuando la unificación era uno entre otros horizontes posibles. Ambos Congresos Constituyentes son examinados como ámbitos decisivos de expresión del problema de la soberanía, abierto con la ruptura del vínculo imperial.

Verdo realiza una reconstrucción de la coyuntura 1815-1816, que resulta central para comprender la formación del “Congreso de Tucumán” y el imaginario político que se delineó por entonces. Muestra la manera en que desde 1810 la movilización y los clivajes de la revolución y la guerra, multiplicaron intercambios y solidaridades que signaron un proceso de maduración que cristalizó en la reunión del Congreso. Inicialmente se encontró allí un “punto de equilibrio” entre la autonomía conquistada por las ciudades y la exigencia de la unidad del régimen revolucionario, que fue alterado por disidencias internas y por el avance de la tendencia centralista. El fracaso constitucional de 1819 revelaría las dificultades de dicha coexistencia de ideas.

Como sostiene Aramburo, el derrumbe del poder central en 1820 profundizó la polémica, ya que dejó a las provincias en ejercicio de sus atributos soberanos al conformarse como “Estados provinciales” (pp.108). No obstante, persistió la idea de organizar una nación en un nuevo ensayo entre 1824 y 1827. Su contribución converge con la de Souto en un cuadro de situación sobre debates cardinales para vislumbrar tanto las apuestas, desafíos y resultados del Congreso, como diversos conceptos políticos claves que fueron resignificados en su seno.

En efecto, Souto examina la propuesta de capitalización en 1826, de particular importancia por remitir a las pretensiones hegemónicas de Buenos Aires. Detalla las álgidas discusiones que suscitó el tema en las sesiones legislativas y en la prensa, sobre el trasfondo analítico del origen y ejercicio de la soberanía y de aspectos conexos como las facultades del Congreso. Desde los alineamientos y posturas de sus defensores y detractores, extrae conclusiones críticas acerca de la relación entre unitarismo, centralismo y porteñismo.

En sintonía con estos planteos, Aramburo aborda al Congreso como un “foro de lenguajes”, atendiendo a los usos que hicieron los diputados del concepto de Estado y su articulación con otros como soberanía y nación. Las disputas sobre la Ley Fundamental, la consolidación de la deuda nacional y la constitución, son leídas en vinculación a la cultura política y a la propia labor legislativa y praxis política. Revela una multiplicidad de sentidos que no fueron patrimonio de un grupo o sistema de ideas consolidado, aspecto central para comprender los problemas constitutivos del Congreso.

La situación se (re)definió hacia 1853, cuando las provincias aprobaron la constitución nacional que sentó las bases del Estado federal –menos Buenos Aires, que lo haría tras las reformas al texto en 1860 -.{{2}} El Congreso plasmaba el ejercicio de las soberanías provinciales en el marco de la soberanía nacional, en un equilibrio teórico con un poder judicial y un poder ejecutivo con amplias atribuciones pero sin posibilidad de reelección. La segunda parte del dossier reúne trabajos que permiten repensar al Congreso en los designios nacionales hasta 1880. Ello es porque acentúan su potencialidad explicativa, que en buena medida resultó eclipsada por una nutrida bibliografía que enfatizó la “tradición presidencialista” de nuestro diseño institucional. {{3}}

Ana Laura Lanteri propone una relectura de la experiencia de la “Confederación” y para ello explora al Congreso en la edificación de la dirigencia y de la institucionalidad estatal. En primer lugar, atiende a los variantes perfiles e itinerarios del personal político. Aunque, destaca como una cualidad común su desempeño desde inicios del siglo, gracias al que acopiaron saberes y redes de relaciones que reconvirtieron y ampliaron en la década de 1850. Este aspecto se exterioriza en el análisis de los principales rasgos de la dinámica legislativa a la luz de la sanción de las constituciones provinciales. Concluye así sobre el aprendizaje nacional ensayado y la herencia de actores e instituciones como el Congreso a la etapa abierta en 1862.

En efecto, desde entonces el Congreso integró a todas las provincias y continuó como una institución estatal clave. Raquel Bressan enfatiza su importancia en el planteo de las demandas de los gobiernos provinciales y de leyes afines al fortalecimiento nacional. Aborda los pormenores de los proyectos ferroviarios para Corrientes y Entre Ríos en el período 1862-1880. Estudia tanto las cualidades de la región de la primera traza y sus recepciones a nivel local, como los posteriores debates parlamentarios y resultados del impulso del tendido de ferrocarriles. Revela una trama de negociaciones y conflictos en distintas escalas, desde la que se distancia de visiones que aludieron a la cooptación del gobierno nacional sobre las provincias y al rol marginal del Litoral en la dotación de infraestructura.

Por su parte, Marta Bonaudo y María José Navajas nos introducen en los debates parlamentarios relativos a la representación política.{{4}} Ambas contribuciones revelan la incesante experimentación que supuso materializar este aspecto medular para la viabilidad y la legitimidad del nuevo orden.

Bonaudo recorre las álgidas instancias de discusión de las leyes electorales y de ciudadanía entre 1853 y 1880. Advierte la manera en que definieron “entre las urgencias y las resistencias” criterios y herramientas institucionales de conformación de una comunidad política. Da a conocer un abanico de argumentos de legisladores y publicistas desplegados sobre una matriz liberal, acerca de nudos problemáticos como la definición de los espacios electorales y las implicancias del voto, que ilustran pervivencias políticas de la primera mitad del siglo XIX y la necesidad de encauzar los desafíos que la sociedad le imponía al sistema político.

En correspondencia, Navajas amplía la lente en las controversias referentes a la reforma de la legislación electoral de 1873, una de las más intensas del período. Reconstruye los puntos consensuados y las modificaciones sugeridas por la comisión legislativa, que no se incluyeron en el texto sancionado. Enseña así las ideas en circulación y las alternativas ensayadas para intentar superar cuestiones percibidas como negativas de la arquitectura y las prácticas políticas. En este marco, afirma que la disponibilidad de recursos burocráticos y la gravitación de los conflictos armados fueron condicionantes en el alcance de los cambios proyectados.

Cierra el dossier un capítulo de Hilda Sabato de su obra sobre la revolución de 1880. La coyuntura precisamente articuló problemáticas neurálgicas del siglo XIX: armas y elecciones en torno a la relación de poder entre Buenos Aires y las restantes provincias. En un diálogo con otras instituciones de gobierno, los círculos políticos y la prensa, el Congreso es examinado como uno de los canales de resolución de las pujas abiertas tras el enfrentamiento militar y la renuncia del gobernador porteño Carlos Tejedor. Allí se dio impulso a leyes que cambiarían el panorama nacional. La capitalización de la ciudad de Buenos Aires –cuyos antecedentes analiza Souto- y la prohibición a las provincias de convocar a sus milicias –que afirmó el monopolio estatal de la fuerza, quiebre en relación a la pregunta rectora de la obra sobre el sentido de la violencia-, coronarían la propuesta centralizadora de Julio A. Roca.

[[1]] Hemos excluido el abordaje de los sucesos de 1813, ya que puede consultarse en este sitio Morea, Alejandro (Coord.) (2013). La asamblea del año XIII doscientos años después. Nuevas preguntas para un viejo problema. Polhis, 6 (12), pp. 63-94. Recuperado de: http://historiapolitica.com/datos/boletin/PolHis_12.pdf [[1]]
[[2]] El accionar del Congreso General Constituyente de 1852-1854 ha merecido especial atención por su sanción de la constitución nacional, por ello optamos por excluirlo del análisis. [[2]]

[[3]] Sobre el punto y el rol activo del Congreso han llamado la atención, entre otros, Alonso, Paula (2000). Entre la revolución y las urnas. Los orígenes de la Unión Cívica Radical y la política argentina de los años 90. Sudamericana: Buenos Aires, pp. 231 y Palermo, Silvana (2006). Del Parlamento al Ministerio de Obras Públicas: la construcción de los ferrocarriles del Estado en Argentina, 1862-1916. Desarrollo Económico, 182 (46), pp.215-244. [[3]]

[[4]] Sobre la primera mitad del siglo XIX puede consultarse en este sitio Ternavasio, Marcela (Coord.) “La representación política en sus orígenes. El Río de la Plata en la primera mitad del siglo XIX”, N° 18, junio de 2011. Disponible en http://historiapolitica.com/dossiers/representacionorigenes/ [[4]]

Textos seleccionados para el dossier