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Dossier. Políticas del castigo en la Argentina. Estado y regímenes penitenciarios

Políticas del castigo en la Argentina. Estado y regímenes penitenciarios

 

Luis González Alvo (CONICET-UNT) & Jorge Núñez (CONICET-INHIDE)

 

Próximamente se cumplirán veinte años de la publicación de la obra editada por Ricardo Salvatore y Carlos Aguirre, The Birth of The Penitentiary In Latin America, que representó el encuentro entre la historia social y la historia de la prisión en América Latina. A partir de ese trabajo se multiplicaron los estudios históricos sobre las prisiones y las diferentes políticas punitivas estatales a lo largo y ancho del continente. Los artículos que conforman este dossier constituyen algunos ejemplos de los principales avances en la materia en nuestro país. Sin pretender ser exhaustivos, los trabajos seleccionados dan cuenta de los caminos seguidos por la historiografía local en los últimos quince años.

En primer lugar, los escritos de Lila Caimari, Ricardo Salvatore y Jorge Núñez presentan un panorama general de la reforma penitenciaria en la Argentina. Caimari, que analiza cómo irá surgiendo y consolidándose la pena privativa de libertad, se pregunta tanto por las ideas como por las políticas del castigo. Sugiere que el proyecto modernizador estatal no se limitó a la construcción de penitenciarías (donde operaba la tríada trabajo-educación-religión, que, se suponía, reformaría al penado) y propone estudiar la introducción de los modelos conceptuales penitenciarios y criminológicos en el seno de la sociedad y su inserción en el aparato estatal. Asimismo, rastrea las tensiones existentes entre la tradición penitenciaria y la criminología positivista (tensión que la autora caracteriza con las denominaciones “prisión fábrica” y “prisión laboratorio”) y muestra los límites y alcances que tuvo la reforma penitenciaria (por ejemplo, al señalar que los establecimientos “modelo”, como la Penitenciaría Nacional y el Presidio de Ushuaia, sólo albergaban poco más del 10% de la población penada) así como la heterogeneidad de la población carcelaria.

Por su parte, Ricardo Salvatore, en su estudio sobre el surgimiento del Estado Médico-Legal en la Argentina, propone la hipótesis del fuerte ascenso político del cientificismo y su “colonización” de estratégicos lugares de poder en la administración estatal. Analiza los aspectos disciplinarios en el proceso de construcción del Estado nacional y traza un panorama de las ideas criminológicas predominantes entre 1890 y 1940. El autor señala la influencia de la criminología positivista que, hacia la década de 1930, habría culminado con una fuerte inserción en el aparato judicial y en el control y manejo de las instituciones penitenciarias. En diálogo con el aporte de Salvatore, Jorge Núñez propone una mirada diferente acerca de la influencia de la criminología positivista en la Argentina, más preocupado por sus “alcances y límites”. Núñez sostiene que algunos institutos jurídicos típicamente positivistas como la condena condicional y la libertad condicional (incorporados en el Código Penal de 1921) tuvieron escasa aplicación, puesto que los códigos procesales (diferentes en cada provincia) mantuvieron su tradición teórica “clásica” y no fueron influidos por los aportes del positivismo jurídico. Entre las limitaciones, el autor también menciona los intentos frustrados por unificar las leyes penales y crear una oficina de estadística y reincidencia en las primeras décadas del siglo XX.

En segundo lugar, luego del panorama general que ofrecen los primeros tres artículos, se incluyen los trabajos de Ernesto Bohoslavsky y Fernando Casullo, Milena Luciano y Luis González Alvo, que constituyen estudios de casos provinciales y territoriales, los que muestran un notable contraste con las ideas predominantes en la época. Bohoslavsky y Casullo, a partir del análisis de la cárcel de Neuquén (condiciones de vida de los detenidos, régimen carcelario, etc.) ponen de relieve los límites que tuvo la reforma penitenciaria en los Territorios Nacionales. Señalan dos etapas en la historia
de la prisión de Neuquén. La primera, que se extiende entre los años 1904 y 1929, en la cual la pequeña burocracia penitenciaria tuvo notable autonomía respecto a las autoridades nacionales, aunque estaba fuertemente restringida por las carencias materiales y los bajos presupuestos. La segunda etapa (1929-1945), marcada por la centralización de la administración penitenciaria federal, ve producirse una incipiente “industrialización” de la prisión neuquina y la profesionalización del personal.

De la misma manera, aunque en un período más acotado (1887-1907), Milena Luciano presenta el proceso de construcción y las dinámicas de funcionamiento internas de la Penitenciaría de Córdoba. A Luciano le preocupan particularmente los inconvenientes infraestructurales de la penitenciaría de San Martín provocados por permanentes carencias materiales. Ello, según propone, junto a los constantes cambios en la gestión de la prisión, habría impedido la innovación de las políticas penitenciarias por décadas. Por su parte, Luis González Alvo se refiere al proceso de construcción y funcionamiento de la Penitenciaría de Tucumán entre los años 1880 y 1927. Según González Alvo, la reforma penitenciaria en Tucumán fue un proceso gradual, lento y dificultoso, con avances y retrocesos producidos por lo que el autor denomina “deriva institucional” (al igual que Luciano, menciona el escaso presupuesto, los sucesivos cambios en la dirección del establecimiento, la falta de políticas prolongadas en el tiempo, etc.). Sin embargo González Alvo subraya la importancia de no rotular la experiencia de 1880-1927 como un “fracaso”, ya que, tomada desde el punto de vista de la implementación de la cárcel como pena principal (incluso para procesados) podría ser considerada como un “éxito”. Ambos rótulos dificultan la comprensión más profunda de un proceso que, por su complejidad, sostiene el autor, requiere ser estudiado según el lugar que tuvo en la construcción del Estado.

Finalmente, los últimos dos trabajos que se incluyen en este dossier se refieren a las cárceles federales en el período que va de 1920 a 1955. Jeremías Silva estudia las reformas carcelarias argentinas en clave comparativa con Chile durante los años de entreguerras. El autor analiza las innovaciones estructurales en las burocracias penitenciarias argentina y chilena, el papel de funcionarios y expertos en la implementación de nuevas políticas de castigo, y el lugar que en ellos ocupó la criminología positivista. El caso argentino, sugiere, se caracterizó por la falta de consenso político antes de la centralización de la administración penitenciaria (1933). A partir de entonces, esa nueva agencia estatal generará ese consenso mediante la dirección de “funcionarios de carrera y con trayectoria previa en cuestiones penitenciarias, lo que les permitió implementar políticas que lograron innovaciones en la administración del castigo”. Por su parte, José Daniel Cesano se ocupa de las políticas penitenciarias impulsadas durante el primer peronismo (1946-1955). Cesano busca matizar las supuestas rupturas que habría producido el gobierno peronista en las políticas penitenciarias y resalta las continuidades en el pensamiento criminológico y el accionar penitenciario, todavía atado el primero al positivismo de fines del siglo XIX y el segundo a las propuestas del penitenciarismo clásico.

Creemos que la selección de trabajos que integran este dossier permite -y de allí la importancia de leerlos en conjunto- obtener una visión general sobre los avatares de la reforma penitenciaria en la Argentina de los siglos XIX y XX (ideas predominantes, alcances y límites, regímenes carcelarios implantados, tensiones institucionales, etc.) y, al mismo tiempo, observar algunas de las tendencias actuales de esta área de estudios.

Textos seleccionados para el dossier