ISSN sección Dossier 2618-415x
Andréa Slemian (Universidade Federal de São Paulo – UNIFESP)
La expresión “reformismo ilustrado”, o también “reformas ilustradas”, tiene su propia historia para designar los procesos vividos en el setecientos en la América portuguesa. Su desnaturalización ha sido un camino productivo para valorar, a la larga, los riesgos que su utilización implica, más allá de la comodidad de describir con carácter general los fenómenos que encierra. Un camino trillado desde hace algunos años por la historiografía dedicada al reformismo borbónico, la cual nos ha sido fundamental para pensar los impases vividos en su propio tiempo, cuya tangibilidad es un problema intrínseco a la tarea de comprensión propia del historiador.[1]
En el caso portugués, la expresión exige un especial cuidado por tratar de dos momentos que, a despecho de las continuidades apuntadas en lo relativo a los procesos sociales, producirían distintas narrativas coetáneas de lo que se pretendía reformar en la Monarquía: el reinado de Don José I, de 1750 a 1777, fuertemente marcado por el protagonismo del Secretario de Estado del Reino, el marqués de Pombal; y el de Doña María I, a partir de 1777, con la regencia de su hijo Don Juan desde 1792, por motivos de salud de la reina. El hecho es que, para el momento “pombalino” -como viene siendo repetidamente llamado hasta hoy-, se construyó una poderosa narrativa acerca de la actuación del Secretario, en su mayor parte debida a sus aliados, que abrió espacio tras su caída a una verdadera batalla discursiva sobre su acción gubernamental, en que se enfrentaban admiradores y detractores.[2] Desde entonces, la valoración de su fortuna crítica pautó los análisis a lo largo de todo el siglo XIX, fundamentalmente en Portugal, fuese por aquellos que lo exaltaban como precursor del liberalismo, emergente a partir de la Revolución de 1820, fuese por quienes lo identificaban como déspota.
Ya desde la primera mitad del siglo XIX, su figura aparece claramente asociada a la idea de “luces”, “ilustración”, y “despotismo ilustrado”, y su gobierno merecía análisis acerca del impacto de sus medidas, sobre todo desde el punto de vista de la economía, incomparablemente destacado en la historiografía en relación con el período de Doña María. A su vez, en los pasados años cincuenta, el término “reformas” fue claramente evocado por Jaime Vicens Vives para tratar de los Borbones en España, aportando a la categoría una trascendencia analítica en relación a sus marcos temporales y a un programa político que aliaba, especialmente, las medidas de gobierno con el protagonismo de Carlos III. Para el caso portugués, el brasilianista Charles Boxer, en su obra seminal sobre el Imperio ultramarino luso, publicada en 1969, establecería definitivamente los vínculos entre las “luces” y el conjunto de reformas promovidas por el marqués de Pombal, ampliando su repercusión a las décadas que siguieron, en un capítulo intitulado “the Pombaline dictatorship and its afternarth”.[3]
La imagen de Pombal como “déspota ilustrado” se vinculaba a las medidas que habrían sido implementadas en el Imperio portugués a partir de mediados de siglo, principalmente en el plano económico y administrativo, y de su supuesto objetivo de superar el atraso portugués en el concierto de las potencias europeas. Para Brasil, esa perspectiva fue consolidada en los años setenta por Kenneth Maxwell, otro reconocido brasilianista, al considerar que el excesivo peso fiscal de las reformas ilustradas, en especial en Minas Gerais, fue un factor fundamental para explicar el descontento de los que protagonizaron una revuelta, nunca concretizada, conocida como Inconfidência Mineira de 1788-89. Décadas después, dedicó al propio Marqués de Pombal un libro, cuya imagen sintetizó en el subtítulo “paradoja de la Ilustración”, vinculándolo simultáneamente tanto a los valores de las luces como a la responsabilidad de un gobierno definido por la centralización del poder y por el despotismo.[4]
Sería en el inicio de la década de los setenta, a partir de la obra también seminal de Fernando Novais, cuando las “reformas ilustradas” pudieron ser interpretadas como pieza clave para la comprensión del recrudecimiento de las formas de explotación colonial.[5] Entendiéndolas como síntoma de una crisis estructural que afectaría a los Imperios ibéricos desde mediados del siglo XVIII hasta las primeras décadas del siglo XIX, tales reformas generarían reacciones entre los colonos, constituyéndose en un conjunto de medidas orientadas al fortalecimiento político de la metrópoli en un momento de intensificación de la competición económica mundial. Simultáneamente, y en el mismo ambiente teórico de reflexión, Tulio Halperín Donghi concebía una interpretación en moldes semejantes al tratar de la crisis que afectaba al Virreinato del Río de la Plata, reflexiones que desembocarían en su “Reforma y disolución de los imperios ibéricos”, donde incluiría también a Brasil. Reformismo y revolución estarían así hermanados.
Desde entonces, la expresión “reformas ilustradas” se impuso de manera definitiva, fuese para tratar de las medidas administrativas, fiscales, políticas, religiosas, educativas, etc., y/o para subrayar la ambigüedad de las mismas, fuese para seguir el carácter estructural de la crisis política que se vivía, e incluso para contestarlas directamente. Obras de valoración del impacto de las mismas pasarían a ser cada vez más comunes, en Brasil y en Portugal, muchas a partir de tópicos y planteamientos distintos.[6] Pero fue solo en el siglo XXI cuando se puso abiertamente a prueba la concepción de reformas ilustradas para la comprensión del período, así como su relación con las revoluciones liberales. Los textos seleccionados para este dossier son representativos de este camino, al debatir medidas y políticas específicas, propuestas desde mediados del siglo XVIII, para la América portuguesa, visiones distorsionadas sobre su comprensión alimentadas por la historiografía, así como los límites e impases vivimos en la época. Vamos con ellos.
El texto de Nuno Monteiro presenta una poderosa propuesta de síntesis de las llamadas reformas de la monarquía portuguesa, englobándolas desde la acción del Marqués Pombal hasta la del igualmente emblemático Secretario de Estado de los Negocios de Marina y Dominios Ultramarinos, D. Rodrigo de Sousa Coutinho –que asumió la cartera en 1796–, proponiendo una nueva clave de lectura. Bajo el concepto de “monarquía pluricontinental”, Monteiro propone entender cómo las características del proceso de colonización y ocupación portuguesa en América, marcado por una división en instancias políticas y administrativas múltiples con frecuente comunicación con Lisboa, engendraron proyectos específicos en el momento de las reformas. Es así que, utilizándose siempre la América española como contrapunto, el autor arroja luz sobre cómo comprender las aparentes contradicciones existentes en la amplitud de las medidas tomadas, así como sobre el problema de concebirlas en clave centralizadoras.
El artículo de Ângelo Carrara, al analizar un tema tan clásicamente pombalino como el de las reformas fiscales, llega a conclusiones contundentes que evidencian la necesidad de repensar las tesis acerca de la “eficacia” tributaria del período. En el inicio del texto, él subraya las interpretaciones que giran en torno al culto a la figura del Marqués y a las rupturas que el mismo habría llevado a cabo en su gobierno, historias estas que terminan por generar un problema de escribir una historia despolitizada. Teniendo como línea narrativa la creación de los órganos responsables de la administración hacendística, en especial el Erario Regio, presenta datos que comprueban los déficits fiscales crecientes en Portugal, así como el fracaso de la política fiscal pombalina en términos centrípetos, poniendo de relieve la necesidad de profundizar acerca de sus razones.
Cláudia Chaves parte de un problema semejante, pero lo afronta por otra vía: la de que no existió, en el caso específico del Erario Regio creado por Pombal, una especial preocupación por expandir “principios centralizadores” por los territorios coloniales. En este sentido, su análisis se centra en la discusión de las Reales Juntas de Hacienda, órganos creados de forma dispersa por los territorios de América, en que la fiscalización no era comprendida como una forma coercitiva de poder, sino como instituciones descentralizadas que dependían de las esferas y élites locales. Así, defiende y comprueba empíricamente cómo sus mecanismos permanecieron intactos en ultramar en el período conocido como de las reformas, en que cada capitanía conoció un formato específico para las Juntas a partir de sus propias realidades y organismos existentes.
Al tratar de la economía del período pombalino, el texto de Antônio Carlos Jucá de Sampaio parte de la necesidad de repensar la historiografía que se consolidó sobre el período, sea basada en la idea de crisis, sea en la mitificación del Marqués de Pombal, sin negar que existió un intento modernizante vinculado a las transformaciones de las estructuras del Antiguo Régimen. Su principal cuestión está en esclarecer cómo existió un esfuerzo de fortalecimiento de las élites mercantiles portuguesas (tanto aquella asentada en el Reino como también en ultramar), con el objetivo de disminuir la participación extranjera en los circuitos imperiales. En esa clave subraya como tan solo aparente la contradicción entre las medidas entonces tomadas para el Norte de Brasil, vinculadas a la creación de compañías de comercio, y las de carácter más liberalizante pensadas para Bahía y Río de Janeiro, pretendiendo el desarrollo de la flota mercante; ambas fueron fruto de un real pragmatismo del Marqués, que tenía por intención el crecimiento de las regiones involucradas, así como el fortalecimiento de los grupos comerciales portugueses. Lo que estuvo igualmente implicado en la creación de una verdadera “oligarquía” de contratadores vinculados a los intereses de Lisboa.
El texto de Roberta Stumpf toca un punto primordial de las formas de administración de las monarquías: el de la provisión de los cargos y oficios. Se centra en torno a la discusión del Regimiento de 1770, cuya comprensión fue particularmente objetivo de malversaciones por parte de una historiografía que, sobrevalorando el carácter modernizador de las reformas pombalinas, lo interpretó como un paso para la “profesionalización” de los oficios. A partir de un breve recorrido sobre las formas de provisión de los cargos, Stumpf argumenta cómo la medida tenía por intención “cohibir” la imposición de la hereditariedad de los cargos, como un “abuso del derecho llamado consuetudinario”, en la defensa de que la corona pudiese rescatarlos para distribuirlos nuevamente. En este sentido, se trataba mucho más de monopolizar el poder del monarca en el control de las decisiones relativas a las provisiones de los cargos de oficio, que de la creación de un padrón supuestamente moderno asociado a la meritocracia. Aunque esas cuestiones ya estuviesen en el aire.
En una línea semejante, mi texto pretende discutir cómo debemos encuadrar las reformas que incidieron específicamente sobre la administración de la justicia. Partiendo de la percepción que las monarquías ibéricas compartían un trasfondo común relativo a la cultura jurídica, discuto cómo la experiencia de los reformismos ilustrados ibéricos tuvo fuertes puntos de contacto al proponer medidas para garantizar un mejor funcionamiento de los tribunales, un control de la imparcialidad de los jueces y de la interpretación de las leyes. Defiendo que, en el caso portugués, las medidas contribuyeron a un visible refuerzo de concepciones y prácticas existentes, así como evidenciaron límites a la realización de un programa más “racional” de administración de la justicia, como expresa la discusión en torno a la emblemática “Lei de Boa Razão”, de 1769.
El dossier no podría estar completo sin tratar de las medidas que tocaban directamente a las poblaciones que vivían en el territorio, lo que incluía a indígenas y afrodescendientes. Para los primeros, las medidas reformistas formularon un proyecto de “integración”, cuya complejidad de sus resultados es especialmente discutida por el texto de Patricia Melo Sampaio. Partiendo del contexto de la implementación de la carta régia de 12 de mayo de 1798 –responsable por la abolición del Directorio de los Indios (1757-1798) pombalino–, Sampaio enfatiza las acciones y estrategias políticas de los indios que vivían en las villas coloniales frente a la ejecución de la nueva legislación indigenista en la Amazonia portuguesa. La carta traía mudanzas importantes, pero reiteraba el autogobierno de los indios, la libertad y la igualdad entre los vasallos, la implantación del régimen tutelar para las poblaciones indígenas no residentes en las villas coloniales y el incentivo del mestizaje. E imponía una nueva realidad: por un lado, por la afirmación de las cámaras con poderes ampliados para controlar la distribución de los trabajadores indígenas; por otro, por los espacios formales de poder ocupados por los liderazgos indígenas, sobre todo por medio de las tropas creadas por la carta, así como de nuevas formas de politización que Sampaio aprecia surgir.
Luiz Geraldo Silva y Priscila de Lima Souza, por su parte, analizan empíricamente cómo hubo un cambio en las formas de petición de los afrodescendientes en la América portuguesa fomentada por las reformas ilustradas, en particular después de 1760. Esta habría estado marcada, esencialmente, por el alvará sobre casamientos mixtos entre “naturales de la América” y portugueses (de 4 de abril de 1755), por la ley que equiparaba naturales de la India y reinóis (2 de abril de 1761), por la que liberaba, aunque solo en el Reino de Portugal, el vientre de las mujeres esclavas y esclavos de cuarta generación del cautiverio y eliminaba la Nota distintiva de Libertos (16 de enero de 1773). Y no solo indígenas de Brasil, naturales de la India portuguesa y multas y libertos de Portugal fueron estimulados a cambiar de estatus en la perspectiva de equiparación, sino igualmente cristianos nuevos, también considerados en el análisis (alvará de 25 de mayo de 1773). Si antes, las peticiones tendían a denunciar pretericiones e impedimentos argumentando que los “colores” de sus demandantes constituían, no un “defecto”, sino un “accidente” por el cual ellos no podrían ser penalizados; después de las reformas pombalinas, el contenido de las peticiones se altera significativamente en el sentido de equiparación de condiciones con otros individuos y en términos de politización. Ambos autores argumentan que ese proceso solo fue posible debido a la existencia de redes de sociabilidad tejidas entre esos individuos, las cuales posibilitaban la circulación de informaciones que impactaban sensiblemente en su horizonte de expectativas y en la defensa de sus demandas.
Con esto, estamos seguros de apuntar aspectos innovadores en la interpretación del período.
Textos selecionados para el Dossier:
Monteiro, Nuno Gonçalo (2014). As reformas na monarquia pluricontinental portuguesa: de Pombal a D. Rodrigo de Sousa Coutinho. En João Fragoso y Maria de Fátima Gouvêa (orgs.), O Brasil Colonial 1720-1821. Volume 3. Rio de Janeiro: Civilização Brasileira, pp. 111-156.
Carrara, Ângelo (2016). O reformismo fiscal pombalino no Brasil. Historia Caribe, V. XI, n. 29, 2016, p. 83-111.
Chaves, Cláudia Maria das Graças (2020). Impacto das Reformas pombalinas na América Portuguesa no âmbito das instituições fazendárias. En, Luiz Eduardo Oliveira y José Eduardo FRANCO (orgs.), A revolução das luzes. Progressos e limites da política reformista pombalina. Lisboa/Aracaju: Theya/Criação Editora, pp. 283-307.
Sampaio, Antônio Carlos Jucá de (2015). A economia do império português no período pombalino. En Francisco Falcon y Claudia Rodrigues (orgs.), A “Época Pombalina” no mundo luso-brasileiro. Rio de Janeiro: Editora FGV, pp. 31-58.
Stumpf, Roberta (2016). Ser apto para servir a monarquia portuguesa: Profissionalização e hereditariedade. En Pilar Ponce y Francisco Andújar (orgs.), Mérito, venalidade y corrupción en España y América. Siglos XVII y XVIII. Valencia: Albatros, pp. 115-131.
Slemian, Andréa (2014). A primeira das virtudes: justiça e reformismo ilustrado na América portuguesa face à espanhola. Revista Complutense de Historia da America, 40, pp. 69-92.
Sampaio, Patrícia Maria Melo (2007). “Vossa Excelência mandará o que for servido…”: políticas indígenas e indigenistas na Amazônia Portuguesa do final do século XVIII. Tempo, 23, pp. 39-55
Silva, Luiz Geraldo y Souza, Priscila de Lima (2023). Petições de “pardos” na América portuguesa durante o século XVIII: da retórica do “acidente” à demanda por equiparação. Versión actualizada de Sociabilidades, mudança de status e posição social entre afrodescendentes livres da América portuguesa (século XVIII). En Andréa Doré y Luiz C. Ribeiro (orgs.), O que é sociabilidade? São Paulo: Intermeios, 2019, pp. 131-147.
[1] Ver: Revista de Occidente (2018), 445 (junio), dossier “Ilustración y revoluciones en la América Hispana. Una polémica contemporánea”; Sanchez Santiró, Ernest (2016). Las reformas borbónicas como categoría de análisis en la historiografía institucional, económica y fiscal sobre Nueva España: orígenes, implantación y expansión. Historia Caribe, XI (29), julio-diciembre, pp. 19-51; Ruiz Torres, Pedro (2011). “Los límites del reformismo del siglo XVIII en España”. En Joaquin Albareda i Salvadó; Maurició Janué i Miret (eds.), El nacimiento y la construcción del Estado moderno. Homenaje a Jaume Vicens Vives. Valencia. Universitat de València, pp. 111-150.
[2] Ver el análisis en Falcon, Francisco José Calazans (2015). Antigos e novos estudos sobre a “Época Pombalina”. En Francisco Falcon e Cláudia Rodrigues (orgs.), A “Época Pombalina” no mundo luso-brasileiro. Rio de Janeiro: Editora FGV, pp. 7-30.
[3] Boxer, Charles (1969). The Portuguese seaborne empire: 1415-1825. Nova York: Alfred A. Knopf.
[4] Maxwell, Kenneth (1973). Conflicts and conspirance: Brasil e Portugal (1750-1808). Cambdrige: Cambridge University Press; (1995). Pombal. Paradox of the Enlightenment. Cambridge: Cambridge University Press.
[5] Novais, Fernando (1979). Portugal e Brasil na crise do Antigo Sistema Colonial (1777-1808). 1ª. ed., São Paulo: Hucitec.
[6] Además de los diversos estudios específicos, véase: Falcon, Francisco (1982). A época pombalina. Política e econômica e monarquia ilustrada. São Paulo: Ática; Torgal, Luís e Vargues, Isabel (coords.) (1982-3). O Marquês de Pombal e o seu tempo. Revista de História das Ideias. Universidade de Coimbra; Santos, Maria Helena C. dos (1984). Pombal revisitado. Lisboa: Estampa; Araújo, Ana Cristina (coord.) (2000). O Marquês de Pombal e a Universidade. Coimbra: Imprensa da Universidade.