Dossier. Justicia menor y equipamiento institucional de los espacios urbanos y rurales en Hispanoamérica en el tránsito del Antiguo Régimen al orden republicano, siglos XVII-XIX.

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Justicia menor y equipamiento institucional de los espacios urbanos y rurales en Hispanoamérica en el tránsito del Antiguo Régimen al orden republicano, siglos XVII-XIX.

 

Eugenia Molina (IDEHESI/CONICET) y Melina Yangilevich (IEHS/IGEHCS/CONICET)

 

Desde hace décadas la agenda de estudios sobre la historia de la justicia en el espacio hispanoamericano se expandió notablemente. Se multiplicaron los interrogantes sobre su administración, los actores intervinientes, sus prácticas así como la utilización maleable de las normas por parte de legos y letrados. Ello se debió en parte al establecimiento de diálogos con otros campos –como el de la historia del derecho- que permitieron construir análisis más complejos sobre temáticas afines aunque no siempre equivalentes.
Al interior del campo denominado “Historia social de la justicia” una de las temáticas que se reveló como particularmente fructífera fue el estudio de las justicias menores o baja justicia. En parte, ello se debió a la constatación de la necesidad de analizar la construcción del poder desde la cotidianeidad y a partir de los vínculos sociales más estrechos. Tales análisis, a ras del suelo, mostraron que ciertos aspectos de las relaciones de poder no siguieron necesariamente el ritmo impuesto por las rupturas políticas de las primeras décadas del siglo XIX. Dicha periodización no daba cuenta de las persistencias que recorrían los laberintos judiciales, así como tampoco de las transformaciones institucionales que se iniciaron con las reformas borbónicas. Entre otros aspectos, estas implicaron la multiplicación de jurisdicciones con el propósito de institucionalizar los espacios, es decir, equiparlos políticamente. Ello significó tanto la organización de un espacio como las acciones de gobierno desplegadas por los agentes con el propósito de generar un orden determinado. Este aspecto es esencial para pensar los vínculos entre la administración de baja justicia y las dinámicas del equipamiento institucional de los territorios urbanos y rurales que, iniciados en un contexto de Antiguo Régimen, continuaron en el XIX. A partir de los procesos revolucionarios, la complejidad del orden jurisdiccional se incrementó con la creciente importancia que adquirieron las fuerzas militares y, como consecuencia, la gravitación del fuero militar reclamado por los soldados.
Las justicias menores cumplieron un rol central en el gobierno de las personas en este contexto de jurisdicciones múltiples y superpuestas. Ejercida por los miembros de los cabildos, jueces pedáneos y de paz, los comandantes militares también fungieron como piezas claves para la construcción y mantenimiento del orden social. Así, la práctica de la administración de justicia se encontraba desplegada en una multiplicidad de instancias, pero en todos los casos las distancias existentes -entendidas en un sentido amplio- entre tales jueces y los justiciables eran reducidas.
El conjunto de trabajos elegidos aquí dan cuenta de dos problemáticas que articulan la cuestión del espacio como factor clave a la hora de pensar la organización institucional, y lo judicial en sus escalones inferiores como una de las redes posibles de ésta. Por un lado, indagan en las formas que adquirió el equipamiento del territorio a través de la trama judicial (que durante un buen tiempo sería también policial en tanto se mantuvo ambas funciones reunidas), y en el modo en que se desplegaron entre el último tramo colonial y la primera mitad del siglo XIX, atravesadas por la revolución de independencia y las configuraciones estatales en diversos casos rioplatenses e hispanoamericanos. Por otro, muestran cómo las distancias podían generar problemas de gobernabilidad. En este sentido, si la inserción comunitaria de estos jueces menores garantizaba el conocimiento de los vecinos, dándole recursos para observar, regular y reprimir sus conductas, también dificultaba la construcción de su propia autoridad y legitimidad.
El primero de los estudios, de François Godicheau, introduce la discusión sobre las relaciones entre espacio político y justicia, realizando un seguimiento de la trayectoria de un concepto que será básico en la lógica de estructuración territorial, urbana o rural. Así, analiza la génesis de “orden público” y su desarrollo como categoría político-jurídica que progresivamente irá pasando de una noción tradicional vinculada con la “pública tranquilidad” y el “buen orden de los habitantes”, a otra que terminará por referir a la capacidad ejecutiva de un poder político para imponer el monopolio de sus leyes y reglamentos al cuerpo social.
Los artículos de Gabriela Tío Vallejo, Raúl Fradkin y María Elena Barral, e Inés Sanjurjo abordan tres ámbitos rurales diversos, correspondientes a las jurisdicciones de Tucumán, Buenos Aires y Mendoza, tomando períodos de mediana duración que les permiten dar cuenta de los modos en que las redes institucionales de justicia se articularon con las militares para organizar el gobierno de estas áreas de campaña. Sus aportes dan cuenta del rol político que los jueces menores tuvieron en esta últimas, cómo esto generó oportunidades de movilidad social para quienes se desempeñaron como tales y de qué forma algunos núcleos poblacionales llegaron a consolidarse como sedes de estructuras de poder institucional, resituando el mismo poder de sus propias élites.
La problematización de la distancia como variable clave en la administración de justicia, ya refiera a lo geográfico, cultural, social o simbólico, es tratada por Darío Barriera, Brigitte Marin, Federica Morelli y María Eugenia Albornoz Vázquez. Sus trabajos revelan cómo si la compartimentación del espacio apuntaba a lograr una vigilancia más efectiva y eficiente, la cercanía de los funcionarios con la población que debían gobernar, dificultaba el ejercicio de su cargo. De tal modo, si la residencia en el cuadro jurisdiccional en el que desplegaban sus funciones de justicia y policía garantizaba un conocimiento detallado de vecinos y moradores, y de hecho esto se hallaba en la base de la “confianza” que nutría el rol de juez como hombre decente, también actuaba en contra de su autoridad, en la medida en que lo insertaba en redes de relaciones que precedían y trascendían su corto período de desempeño público, impidiendo un distanciamiento simbólico que fortaleciese aquélla.

Textos

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